Ante la nueva Ley de Telecomunicaciones que prepara el Gobierno, hay quien alerta y extiende el rumor de que podrán "intervenir Whatsapp para acceder a tu móvil y enviar mensajes". Pero pese a que el anteproyecto sí recoge ciertas obligaciones para este servicio, en ningún momento se refieren a permitir el acceso al móvil ni a los mensajes.
Esto es lo que sabemos de la futura Ley de Telecomunicaciones, por qué afecta a WhatsApp y qué implicaciones tendrá sobre el control que el Gobierno puede ejercer sobre las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas.
El pasado 11 de septiembre, el Gobierno presentó su Anteproyecto de Ley General de Telecomunicaciones. Un texto que por el momento está abierto a cambios, ya que hasta el próximo 13 de octubre se podrán presentar alegaciones y enmiendas para incorporar modificaciones.
Una de las novedades de esta ley es que los servicios de mensajería pasarán a ser considerados como operadores. Hasta la fecha, la figura de servicios como WhatsApp o Skype no se igualaba a la de los operadores, pero a partir de su implantación estos servicios deberán registrarse como tal, cumplir una serie de obligaciones y abonar una tasa anual.
Es decir, la futura Ley de Telecomunicaciones tendrá el efecto de que servicios como WhatsApp estarán sujetos a obligaciones que hasta ahora no les afectaban por tener una consideración diferente. Y aquí es donde pasamos al artículo 4.6 de la nueva ley.
Lo cierto es que nada ha cambiado en este punto, pues su redacción es idéntica a la versión anterior. En concreto, este punto se refiere a lo siguiente:
"El Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional".
Según el texto propuesto, el popularmente conocido como 'Decretazo Digital' se mantendrá. El Gobierno podrá suspender e intervenir internet esgrimiendo razones de "orden público y seguridad nacional", sin necesidad de tener una orden judicial. ¿Significa esto que podrán intervenir nuestro WhatsApp y acceder a nuestros mensajes? No tan rápido.
El artículo 4.6 contempla que el Gobierno pueda intervenir las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos, pero además, para los proveedores de servicios en los cuales ahora se engloba WhatsApp, se añade el siguiente párrafo.
"Esta facultad sólo se podrá ejercitar respecto de los proveedores de servicios de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración cuando tengan asignada la obligación de transmitir alertas públicas en caso de grandes catástrofes o emergencias inminentes o en curso".
Es decir, la "intervención" de WhatsApp se refiere a que el Gobierno podrá obligar a estos servicios a emitir una alerta pública, pero en ningún caso acceder a los mensajes, ya que no aparece referenciado en ningún lado. De hecho, ni siquiera la propia WhatsApp puede acceder de forma sencilla a los mensajes al estar las conversaciones cifradas.
La diferencia con esta ley, y lo que ha provocado la polémica, es que servicios como WhatsApp, propiedad de Facebook, pasarán a tener que registrarse como operadoras y por tanto deberán cumplir también con este tipo de requerimientos. Unas obligaciones que ya estaban establecidas anteriormente para los operadores.
David Maeztu, abogado especializado en derecho y tecnología, nos explica que en "la normativa vigente ya se establecen obligaciones de colaboración para los operadores de telefonía tradicional, por ejemplo para enviar SMS de alerta a la población".
¿Dónde está el cambio entonces? Según el experto, "antes había una discusión sobre si las apps de mensajería eran proveedores de telecomunicaciones. Algunos defendíamos que sí y otros que no. Por presión de las 'telecos' se llega a este cambio. Telefónica compite con Whatsapp y puede decir "yo tengo unas obligaciones que los otros no". Es una diferencia de trato. Skype hace llamadas igual que Telefónica, esa es la lógica de detrás. Lo que eran obligaciones para unos operadores, al incluirse estos servicios como sujetos obligados por la ley, pues se engloban". "Me parece lógico que quienes ganan dinero prestando un servicio, también se equiparen en obligaciones", concluye Maeztu.
Otro de los puntos que establece el texto del anteproyecto de Ley de Telecomunicaciones es el caso de incumplimiento de las obligaciones de servicio público. En esa situación, propia de estados de excepción, la Administración General del Estado podrá adoptar "la gestión directa o la intervención de los correspondientes servicios o de la explotación de las correspondientes redes".
"Es una circunstancia excepcional. Habría que ver el régimen sancionador y el delito de desobediencia. Con los operadores tradicionales se podría acceder a la sede por la fuerza. En una entidad como Facebook se le podría cortar la señal y bloquear el acceso web, pero si Facebook no colabora, no pueden hacerlo posible", explica Maeztu sobre qué ocurriría en la intervención de servicios como WhatsApp en el supuesto más extremo.
El actual decreto que regula los mismos aspectos que esta ley se encuentra bajo examen del Tribunal Constitucional, tras los recursos de la Generalitat y el Parlament de Cataluña. Según describían fuentes del Gobierno a El País, el decreto se realiza con el objetivo de "evitar o frenar que se den casos de mal uso o de abuso de las infraestructuras por parte de particulares o administraciones".
Desde organizaciones como La Asociación de Internautas, la Asociación de Usuarios de Internet y la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información se criticó el decreto por "no adoptar las garantías necesarias". Siguiendo esta crítica, desde el grupo Unidas Podemos se anunció que se aplicarían distintas enmiendas. Sin embargo, pese a que actualmente este grupo político forma parte del Gobierno, el texto del anteproyecto de la Ley de Telecomunicaciones no ha cambiado. Hasta el próximo 13 de octubre hay margen para introducir cambios.
Apunta Maeztu que "siempre que no sea con autorización judicial, me va a parecer peligroso intervenir la red. Hay que tener en cuenta la conservación de datos al ampliarse los sujetos obligados. Si esto ya pasa con los operadores, si se amplia a todo tipo de prestadores de servicios hay un riesgo para la privacidad al haber más registro de conexiones. Es donde creo que deberíamos poner el foco. Y no en si el Gobierno quiere enviar unos mensajes".
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Fecha: 25-09-20
Categoría: Tecnología
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